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Carpeta 5. MAYO

Art. 7. Difusión de Información Pública

Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las Instituciones del estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se le considera de naturaleza obligatoria:

Categorías

Carpeta a) Organización Interna
Carpeta b) Directorio Completo y Distributivo del Personal
Carpeta c) Remuneración Mensual e Ingreso Adicional
Carpeta d) Servicios
Carpeta e) Contratos Colectivos
Carpeta e) Contratos Colectivos
Carpeta f) Formatos o Formularios
Carpeta g) Presupuesto Anual
Carpeta h) Auditorías Internas y Gubernamentales
Carpeta i) Procesos de Contratación Pública
Carpeta j) Contratos Incumplidos por Empresas y Personas
Carpeta k) Planes y Programas
Carpeta l) Contratos de Crédito Internos y Externos
Carpeta m) Rendición de Cuentas
Carpeta s) Publicación de las Actas de Sesiones